José Huete López



José Huete fue alcalde de Valdemoro durante cuatro legislaturas (83-99), asumiendo su cargo cuando el municipio tenía algo más de diez mil habitantes. Entonces era una localidad de economía rural, sin un centro de salud para atender a la población, sin industria y casi sin equipamientos educativos. 

Huete comenzó siendo concejal en el primer ayuntamiento democrático de Valdemoro, lugar donde nació. En el 83 encabezó la listas del PSOE y fue elegido en la que sería, junto con la última, su legislatura más difícil. En estos primeros cuatro años tuvo que hacer frente, como casi todos los municipios del sur de Madrid, a los problemas como el del agua y conseguir el primer instituto ya que muchos de ellos se desplazaban a Ciempozuelos para continuar sus estudios.

La lucha por conseguir que empresas importantes se instalaran en Valdemoro o la todavía asignatura pendiente de la comunicación con otras localidades cercanas o con Madrid.


Tras una investigación del partido sobre el incremento injustificado de su patrimonio personal, en 1999 decide renunciar al cargo y no presentarse a una nueva reelección.

La trama corrupta entre empresarios inmobiliarios y el Ayuntamiento de Valdemoro para pactar recalificaciones de suelo ya funcionaba en el gobierno de José Huete, lo que más tarde le serviría como resorte a su sucesor en el cargo y secretario general del PP madrileño Francisco Granados. Así lo apuntó el exsocio de Granados y presunto "conseguidor" de la trama "Púnica" David Marjaliza en junio de 2015 durante la declaración que prestó ante el juez de la Audiencia Nacional.

Una calle muy próxima al Hospital Infanta Elena, lleva el nombre de Alcalde José Huete López. La decisión fue adoptada por unanimidad de todos los grupos presentes en sesión extraordinaria de Pleno del año 2009, junto a las calles Alcalde Antonio Pariente Cuesta y Alcalde Francisco Granados Lerena, los tres primeros ediles surgidos de las urnas en Valdemoro, conmemorando los 30 años de ayuntamientos democráticos.  Además de su inclusión en el callejero local, los tres alcaldes fueron protagonistas del homenaje celebrado en el Teatro Municipal Juan Prado al que asistieron, junto a la Corporación municipal, buena parte de los concejales que habían pasado por el ayuntamiento en estas tres décadas.






Música: Nevermind - Nirvana (1991)






Valdemoro en cuatro escenas



Ha sido un placer, encontrarme recientemente con cuatro textos que hacen referencia a Valdemoro en momentos distintos de su historia, cuatro relatos de sencillos pero sugerentes párrafos, lo cuales he creido interesante y preciso incluirlos en el apartado "Bibliografía, textos y referencias" de este blog.

Autor: Jesús Paniagua - Presidente de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Valdemoro (ACUSVAL)

Valdemoro en cuatro escenas

Año 72 D. C. 
Docenas de pesados carros de bueyes cargados por esclavos sudorientos se disponen a partir hacia los cuatro puntos cardinales de Hispania. Transportan la preciada cal extraída de las colinas del Espartal y que se utiliza para las múltiples obras que el Imperio realizaba en la península. El tráfico de carromatos es incesante porque la calidad del adherente ha alcanzado gran fama por su buena calidad.
Calzadas, puentes y acueductos se soldaban con la cal y el yeso extraído de un ignoto rincón que algún tiempo después sería conocido por Vallem Mauri.


Año 1808
Campesinos de Valdemoro, a las órdenes del Conde de Montijo, se trasladan ansiosos por la cañada hasta Aranjuez para destituir al infame Godoy. En su ímpetu consiguen que el indolente Carlos IV abdique y suba al trono el príncipe Fernando. A su vuelta hasta las mulas parecen contentas y aceleran el paso según se acercan a la Fuente de la Villa para abrevar. Los valdemoreños celebrarán la gesta con un buen vino del lugar, que para algo lo elogió el mismísimo Quevedo.


Año 1851
Su Majestad la reina Doña Isabel II hace un alto en Valdemoro en el viaje inaugural de la tercera línea ferroviaria española. Autoridades y vecinos la cumplimentan y acompañan hasta que el tren reanuda el viaje, siendo despedida entre vítores y el asombro que producía el humo de la locomotora. En torno al ferrocarril crecen las ciudades en los que hace parada y todos se benefician de un medio de transporte moderno y rápido.


Año 2024
Laura, con cara de sueño, espera resignada a que el tren, la dichosa C-3, arranque; lleva 25 minutos detenido y por megafonía anuncian que hay una “incidencia”. Este mes ha llegado 10 días tarde al trabajo y su jefe la ha avisado que de seguir así tendrá que buscar otro empleo. Su hijo Carlos ya ha perdido hoy dos autobuses que no han hecho parada porque iban llenos de estudiantes. Hoy tenía un examen importante en el instituto, pero llegará tarde y suspenderá la asignatura a pesar de que ha madrugado más que nunca. Su vecino, José Luis, hace el trayecto inverso en su coche. Atascado a la entrada de Valdemoro hoy tampoco llegará a tiempo a recoger a su hija del cole. “Valdemoro es una ratonera” piensan irritados Laura, Carlos y Roberto.






Fuente: zigzagdigital.com


Música: Tchaikovsky - 1812 Overture (Full with Cannons)

La leyenda del arca



El centro de España, cruce de caminos y desde hace muchos siglos tierras de obligado punto de paso en los viajes y desplazamientos de la Península Ibérica, ha propiciado el asentamiento de pueblos y culturas de todo tipo. Desde romanos y visigodos, hasta los árabes, templarios y franciscanos que eligieron a este lugar para formar poblados y quedarse a vivir en una tierra rica y fácil de señalar en el mapa.  

Sea leyenda o no, todo parece indicar que el ejército del general moro Tariq ibn Ziyad, pudo llegar a este lugar en el siglo VIII de nuestra era. El libro «La Provincia de Madrid», de Manuel Ayala y Francisco Sastre, señala que los árabes, dueños ya de la Península Ibérica, llegaron al centro de la misma y fundaron Valdemoro, Valdemorillo, Vallecas, Meco, Getafe y Pinto, entre otros.


Hasta llegar aquí, el camino fue largo. Tarik, el lugarteniente de Muza, gobernador musulmán de África, cruzó el estrecho acompañado de 7000 hombres. 

Muza había cruzado el estrecho ayudado por el conde de Ceuta, Don Julián, partidario del hijo del rey visigodo recién fallecido Witiza, y había pactado la conquista de Toledo pacífica con ellos, la comunidad judía toledana y el obispo toledano Oppas, hermano de Witiza. Es por ello que Tarik se puso camino de Hispalis para dirigirse a Toledo a través de las rutas y caminos abiertos por los romanos. 

Pero don Rodrigo, que se encontraba en el norte de la Península, acude a enfrentarse con el contingente musulmán al conocer la incursión de las huestes de Tarik. En Guadalete tuvo lugar la famosa batalla en la que Tarik derrotó a don Rodrigo y supuso el golpe mortal del reino visigodo y del nacimiento de Al-Andalus. Era julio del año 711. La batalla consumaba la traición pactada. Los partidarios de Witiza se pasaron al bando musulmán y entre todos derrotaron al rey visigodo. Solo así pudo explicarse que los 100.000 soldados de Don Rodrigo fuera derrotado por los apenas 7000 guerreros de Tarik.

El rey don Rodrigo en la batalla de Guadalete (711)

La batalla de Guadalete y la derrota total del ejército de don Rodrigo, y con ello la caída del reino visigodo y la conquista musulmán de la Península Ibérica se empieza a gestar apenas un año antes. 

Tras la muerte del rey Witiza, Rodrigo es nombrado rey visigodo en asamblea. Una decisión que no gustó a la comunidad judía que vivía en el reino y a una parte de la Iglesia, representada por el obispo de Toledo Oppas, que preferían al hijo del rey fallecido, Argila, por aquel entonces menor de edad, razón por la cual es rechazado por una parte mayoritaria de la nobleza visigoda. 

El nuevo rey don Rodrigo se instala en el palacio de Toledo. Un día observa, desde una de las ventanas del palacio, cómo se bañan las hijas de los nobles enviadas para su servicio, según la costumbre del reino. Rodrigo mira a una de ellas, de gran belleza, que se baña completamente desnuda, de nombre Florinda, apodada La Cava, e hija del conde don Julián. El rey decide hacerla suya. Don Rodrigo padece sarna y elige a la muchacha para que limpiara la sarna de su cuerpo. Las intención real del rey es poseerla. Finalmente, consigue su propósito y viola a la muchacha. Tras la violación, Florinda envía a don Julián varios regalos entre los que se encuentra un huevo podrido, como símbolo de lo ocurrido. Don Julián acude a Toledo a recoger a su hija y regresa a Ceuta, donde acuerda con el rey Muza la invasión de la Península. 

La venganza del conde se consuma cuando, durante la batalla de Guadalete, tras siete días de duro y encarnizado combate, algunos nobles cristianos se pasan al enemigo, entre ellos don Julián. El cadáver de don Rodrigo jamás apareció.

Concluían así 700 años de dominación romana y germánica de la Península Ibérica, Aquella Hispania que resistió 200 años a las imponentes legiones romanas, en apenas dos años caía bajo un nuevo imperio tras una sola batalla y que permanecería 800 años en lo que sería conocido como Al-Andalus.


La derrota de don Rodrigo y la victoria musulmana cumplía así, además, el destino marcado por don Rodrigo cuando, víctima de su curiosidad, se atrevió a entrar en la llamada Cueva de Hércules, una cueva que, según la leyenda, guardaba la Mesa de Salomón y, por lo tanto, grandes secretos. La leyenda decía que en esa cueva estaban guardados todos los males del mundo, razón por al cual cada rey visigodo bajaba hasta ella y colocaba un candado para evitar entrar en ella. Veinticuatro candados contenía aquella puerta hasta que don Rodrigo decidió desobedecer las recomendaciones de los clérigos y jueces e hizo saltar todos los candados, penetrando en la cueva. Él pensaba que allí se encontraba el secreto del poder, la energía necesaria para dominar el mundo y decidió tomarlo para si. Bajó a la cueva y se encontró entonces con una puerta. En lo alto de la misma se podía leer “No te acerques si temes a la muerte”. Pero el rey la atraviesa, descubriendo un arca finamente labrada. Tras abrirla, encuentran en su interior una tela blanca que tenía pintados hombres con arcos, flechas, lanzas y pendones, montados sobre caballos y todos ellos vestidos a la usanza árabe. Se podía leer una inscripción que decía: “Cuando este paño fuere extendido y aparecieran esas figuras, hombres que andarán así vestidos conquistarán España y se harán de ella señores.”


Con el camino expedito, Tarik se dirige a Toledo. Allí se haría con la capital del reino, e inmediatamente buscó todas aquellas riquezas de las que había oído hablar. Conquistas realizadas con escasa resistencia ante un pueblo demasiado castigado por las guerras e invasiones anteriores y a los que les daba lo mismo servir a un señor que a otros, ya que el hambre y la miseria sería el mismo. Buscó con ahínco aquella misteriosa cueva que escondía muchos secretos y leyendas: la cueva de Hércules. Había oído Tariq que allí se encontraba la Mesa del Rey Salomón y tal vez el Arca de la Alianza o algún extraordinario tesoro, o tal vez todos los males del mundo. Según algunos, Tariq encontró la Mesa de Salomón y la ocultó. Según otros, no encontró nada.


Tarik se instala en Toledo, mientras Muza, conocedor de la facilidad y la escasa resistencia cristiana y de los tesoros que iban conquistando entre en la Península utilizando la facilidad y la rapidez de las calzadas romanas.

La búsqueda de las riquezas visigodas en las tierras situadas alrededor de la capital visigoda, Toletum, les condujo a un pequeño villorrio que atrajo su atención por existir un pequeño y antiguo asentamiento visigodo. Los árabes se sintieron sorprendidos por el nombre de aquel lugar, Punctum, que significaba “punto”, al que habían llegado coincidiendo con la conquista de Complutum, Cadalso y Talamanca. Aquel nombre se lo habían dado los romanos cuando calcularon que en este lugar se encontraba el centro geográfico de Hispania. Este era un lugar donde además existían cuevas que tal vez escondían tesoros visigodos. Sea como fuere, eligieron un promontorio donde construyeron un pequeño asentamiento y una mezquita, donde hoy se encuentra la parroquia de Santo Domingo de Silos.


 Mientras la gran mayoría del ejército continuaba su camino al norte y al este, una pequeña colonia musulmana permaneció aquí. Y, como grandes conocedores de las matemáticas y de la geografía, comprobaron los cálculos que habían hecho los romanos y, en efecto, a apenas cien metros de la mezquita se encontraba el punto exacto donde se encontraba el centro geográfico. Lo bautizaron como “esquina xata” porque estaba situado en la esquina donde confluían tres calles.

Puntum históricamente había sido un cruce de caminos, un lugar de paso, pero también un lugar donde diversas culturas y civilizaciones se asentaron. Los árabes, que conocían estos detalles como otros situados en los nuevos territorios conquistados, buscaban y controlaban aquellos lugares donde los caminos se cruzaban para controlar el tráfico de personas. Tras realizar sus cálculos, guardaron los utensilios utilizados en sus mediciones en un arca, la cual enterraron justo en el punto marcado como centro, colocando una losa circular sobre ello. La losa la llamaron “piedra xata” y tenía labrada en su superficie un aspa, una "X".


Había nacido “La leyenda del Arca”……




Fuente: marcopolito56.wordpress.com
Música: Al-Ándalus / Música Arabe-Andalucí / Grupo Atrium Musicae


Ejecutoria de 1610 para la celebración del Corpus Christi





El culto al Sacramento del Altar había surgido en la Europa del siglo XI propagándose con posterioridad a través de los postulados de la beata Juliana (1193-1258), divulgadora de sus creencias en la diócesis de Lieja. Experimentó un notorio desarrollo tras la publicación de la bula Transiturus de hoc mundo en 1264 por el papa Urbano IV, extendiéndose por todo el continente durante el siglo XIV, sobre todo entre 1306 y 1323.  Durante el mandato de Juan XXII, en la primera mitad del siglo XIV, se añadió el precepto obligatorio para las parroquias de organizar procesiones, venerando la hostia consagrada por las calles de ciudades y villas a fin de que los fieles cristianos pudieran contemplarla y adorarla. A mediados del seiscientos comenzó a ocupar un lugar destacado entre las fiestas de mayor suntuosidad de las cumplidas cada año por la Iglesia.

Los participantes en el Concilio de Trento (1543-1563) también incidieron en la exaltación del misterio, al recomendar de forma decisiva la honra del Cuerpo de Cristo con la fastuosidad y triunfalismo requeridos por la Contrarreforma, a fin de intentar paliar el avance luterano. Desde entonces, las cofradías sacramentales fueron las principales difusoras del mantenimiento de la fe eucarística y, por consiguiente, la solemnidad del Corpus se convirtió en su objetivo fundamental.

Es muy posible que las indicaciones de Trento llegaran pronto a Valdemoro, consecuencia evidente de su posición cercana a la corte y, por tanto, lugar de tránsito obligado en los desplazamientos regios y destino de nuevas corrientes ideológicas y religiosas; sin embargo, los primeros testimonios conservados al respecto son tardíos (1596) y refieren la ocasión en que los señores jurisdiccionales, marqueses de Auñón, junto a varias personalidades cortesanas, acudieron a su señorío con el propósito de presenciar los actos destinados a ensalzar el Santísimo Sacramento. 
La comparecencia de tan ilustres visitantes propició que los regidores concejiles no repararan en gastos para agasajar a huéspedes y vecindario: una comedia valorada en 500 rs., traída desde Madrid, y una corrida de toros consistieron en las diversiones profanas acompañantes de la fiesta litúrgica. Los toros, además de entretener a la población, permitían recaudar ingresos extras gracias al alquiler de los vanos y ventanas de la plaza, dispuestos para presenciar los festejos.

A medida que transcurrió el tiempo y Valdemoro adquirió cierta estabilidad socioeconómica, los actos propuestos para conmemorar el Corpus fueron en aumento. La compra del señorío por D. Francisco Gómez de Sandoval y Rojas, duque de Lerma, en febrero de 1602, así como la fundación del convento franciscano a su expensas (1609) fomentaron, sin género de dudas, un afianzamiento de la religiosidad entre sus súbditos. 

La cofradía del Santísimo Sacramento, cuyo cabildo estaba encargado de organizar la ceremonia, concejo, parroquia y el resto de hermandades se esmeraron en realzar la fiesta cada vez con mayor magnificencia, bajo el propósito de difundir el misterio, de acuerdo con los postulados conciliares. El empeño manifestado en la manera de programar los actos les había llevado, incluso, a tener fricciones con el mismo Consejo Arzobispal. 

En 1610 el concejo, junto a la cofradía del Santísimo Sacramento de la villa de Valdemoro, se vio obligado a dirigirse al Consejo Arzobispal para hacer valer unos derechos detentados desde muchos años atrás. Concejo y cofradía celebraban tradicionalmente la solemnidad del Corpus con tres ceremonias religiosas: sendas procesiones el día de la festividad y un tercer desfile procesional en la octava. El Arzobispado exponía, en contra del concejo y cabildo de la cofradía, que la costumbre mantenida se enfrentaba a la práctica llevada a cabo en todo el reino y, además, incumplía las constituciones sinodales. Finalmente, el tesón de los demandantes les llevó a ganar el pleito y pudieron seguir manteniendo su tradición como la habían practicado hasta entonces.

El documento base de este artículo se trata de una ejecutoria, es decir, un documento de tipo judicial por el que, como su nombre indica, se ordena cumplimiento de una sentencia firme. Está fechada en 18 de mayo de 1610 y fue dictada por el Arzobispo de Toledo, cardenal Bernardo de Sandoval y Rojas, ante la pretensión del concejo y la cofradía del Santísimo Sacramento de la villa de Valdemoro de poder celebrar la festividad del Corpus Christi el día de su festividad por la mañana y por la tarde, así como el viernes siguiente. Está encuadernado en pergamino y consta de doce folios escritos en soporte papel.









TRANSCRIPCIÓN

"Ejecutoria del Ilustrísimo Señor Cardenal Arzobispo de Toledo para hacer la fiesta del Santísimo Sacramento

Siendo Alcalde del cabildo Francisco ChacónRegidores Cristóbal del Varco, Juan Aguado Correa y Juan de la Retores, Diego Lozano y Felipe Correa, presbítero

Solicitola con su cuidado Manuel Pantoja de Alpuche, escribano del Santo Oficio de la Inquisición de Toledo

"Don Bernardo de Sandoval y Rojas por la divina miseración, Cardenal de la Santa Iglesia de Roma del título de Santa Anastasia, arzobispo de Toledo, primado de las Españas, canciller mayor de Castilla y Inquisidor General en los Reinos y Señoríos de Su Majestad y de Su Consejo de Estado, etc. A vos el nuestro vicario general de la nuestra audiencia arzobispal de la villa de Madrid, salud y bendición. Bien sabéis el pleito y causa que en el nuestro consejo a pendido entre el cabildo e cofradía del Santísimo Sacramento que se celebra en la iglesia parroquial de la villa de Valdemoro y el concejo de la dicha villa, de la una parte, y el Licenciado Gabriel Bosque, nuestro promotor fiscal que por nuestro mandado salió a la dicha causa de la otra. El cual decían se vos vino en apelación al dicho nuestro Consejo, sobre y en nuestra razón que en veinte y dos días del mes de setiembre del año pasado de mil y seiscientos y nueve diose mandamiento por el cual manda éste al cura y su teniente de la dicha iglesia no hiciesen mas de tan solamente una procesión por la mañana el día del Corpus Christi y no en otro día por ser contra la constitución sinodal de este nuestro arzobispado, cuyo tenor del dicho mandamiento es como se sigue:

Nos el doctor Gutierre de Cetina, canónigo de Alcalá y vicario general de la Villa de Madrid y su partido, etc. a vos el licenciado Sebastián de Ceballos, cura propio de la Villa de Valdemoro y a vuestro teniente, sabed que a vuestra noticia ha contraviniendo a la costumbre que hay en todo el Reino y a la constitución signodal de este arzobispado en la dicha villa de Valdemoro hacéis cada un año el día del Corpus dos procesiones, una por la mañana y otra por la tarde y el viernes siguiente otra procesión y lleváis el Santísimo Sacramento en todas tres y porque no es cierto se haga proveyendo el remedio os mandamos en virtud de santa obediencia y so pena de excomunión mayor la sentencia, en que ipsofacto incurra en lo contrario haciendo. No hagaréis más de tan solamente una procesión por la mañana el dicho día del Corpus, ni en otro día pues como dicho es en contra costumbre y sinodal de este arzobispado y lo cumpláis so la dicha pena y de cincuenta ducados aplicados a obras pías a nuestra disposición y so la dicha pena mandamos a cualquier clérigo o escribano o notario os lo notifique y dé testimonio dentro de seis días y anunciándolo ante nos para que sepamos como se cumple este nuestro mandamiento. Fecho en Madrid en veinte y dos días de setiembre de mil y seiscientos y nueve años. El Doctor Cetina, Francisco de Castro, notario. Del cual dicho mandamiento por parte del dicho cabildo, cofradía y concejo se interpuso apelación en el dicho grado se presentó en el dicho nuestro Consejo, donde se recibió su presentación y se dieron las cartas ordinarias del emplazamiento y compulsoría en virtud de las cuales se trajo y presentó el proceso de la dicha causa. E por parte del dicho cabildo e concejo se alegó de agravios por una petición del tenor siguiente:

Petición del cabildo

El Señor Joan Ortiz de Agreda, en nombre del cabildo del Santísimo Sacramento de la Iglesia de la villa de Valdemoro y del concejo de la dicha villa en el pleito con el promotor fiscal, digo que mandado ver y examinar el proceso del dicho pleito y el auto y mandamiento proveído por el Doctor Cetina, vicario en la villa de Madrid, se celebrase el día del Corpus Cristo, por la mañana haciendo una sola procesión y no tres, so altas penas y censuras según que más largo en el dicho auto su tenor repetido se hallara haber sido y ser ninguno de revocar y enmendar suspendiendo el dicho mandamiento y en caso necesario declarar poder mis partes celebrar la dicha fiesta, conforme según y como hasta aquí lo han celebrado, haciendo el día del Corpus las dos procesiones y en la forma que lo han hecho y el viernes siguiente otra como es costumbre por lo siguiente: Lo primero por todo lo general, los otro que el dicho mandamiento y las penas y censuras del se proveyeren por el dicho vicario sin conocimiento legítimo de la causa y sin oír a mis partes. Lo otro porque se hallara que el dicho cabildo y concejo hace y celebra la dicha fiesta del Corpus con mucha decencia y veneración y mucha autoridad que causa devoción a todos los que la ven y se hallan presentes; y en el modo de celebrar la dicha fiesta han guardado y guardan la costumbre que de tiempo inmemorial a esta parte han tenido y tienen sin contradicción de persona alguna que el hacer la procesión ordinaria el día del Corpus y por la tarde sacar el Santísimo Sacramento a la puerta de la iglesia a donde se hace por los vecinos de la dicha villa las representaciones y otros regocijos lícitos y honestos respecto de la fiesta que se celebra con mucha autoridad y decencia y esto no hay más de la fiesta continuada. En aquel día lo cual no es contra constitución y caso negado que lo fuera habiéndose hecho y guardado así de tiempo inmemorial a esta parte se ha de estar a la dicha costumbre pues de ello no resulta cosa contra religión, antes en mayor aumento de ella y en mayor devoción con los fieles y si ahora se hiciese novedad en el modo de celebrar la dicha fiesta se causaría escándalo y cesaría la solemnidad de esta, porque no se harían fiestas ni otros regocijos lícitos. Lo otro porque la procesión y fiesta que se hace con el Santísimo Sacramento el viernes siguiente también se hace con mucha decencia y autoridad y conforme a la costumbre inmemorial que hay en la dicha villa, confirmada por bula de su santidad, que la dicha iglesia tiene para hacer y celebrar la fiesta el dicho día viernes siguiente por la mañana, conforme a lo cual los dichos mis partes no han hecho ninguna cosa incluida en la celebración de las dichas fiestas, ante todo lo que se hace es en mucho aumento del culto divino y devoción y los fieles cristianos que asisten en las dichas fiestas a lo cual antes habían y han de ser exhortados que no reprendidos, ni castigados. Por tanto, pido y suplico a Vuestra Señoría mande hacer en todo, según de suso y justicia y con esto y para ello le pido ser recibido. El doctor Joan Ortiz de Agreda. Y de la dicha petición se mandó dar traslado al dicho nuestro promotor fiscal y por él se respondió por otra petición del tenor siguiente:

Ilustrísimo señor, el Licenciado Don Gabriel Bosque, vuestro promotor fiscal en el pleito con la cofradía y cofrades del Santísimo Sacramento que se celebra en la Iglesia parroquial de la villa de Valdemoro, respondiendo a un escrito de agravios por su parte, presentado de acto y mandamiento proveído por el Doctor Cetina, vuestro vicario de la villa de Madrid, por el cual mando que el cura de la dicha villa no hiciese en la fiesta del Corpus más de tan solamente una procesión por la mañana en su día del Santísimo Sacramento fuera de la iglesia, conforme a la costumbre universal de este arzobispado y constituciones sinodales del su tenor. Repetido en lo necesario, digo que mediante justicia vos debéis de confirmar el dicho auto y mandamiento en todo y por todo, apremiando los cofrades y cura y que le guarden por ser justo y a derecho, conforme lo cual se ha de hacer por lo siguiente:

Lo primero por lo general, etc. Lo otro porque conforme a la constitución sinodal del arzobispado usada y guardada en todo él, no se puede hacer en todo el año más de una procesión fuera de la iglesia, con el Santísimo Sacramento y él sale el día del Corpus por la mañana con toda la decencia y solemnidad que ser pudiere y pretender la parte contraria que por la tarde se torne y hágase el mismo día otra procesión fuera de la iglesia y, asimismo, el viernes siguiente al dicho día del Corpus, parece que no conviene ni causa lícita si se guardara. Y en eso la veneración y licencia que conviene haciendo en fiesta tan solemne, donde la matriz no hace más de una procesión y las demás iglesias del arzobispado tantas procesiones, las cuales no convienen a la gravedad y autoridad que se requiere y hace al caso. El decir que tienen costumbre muy antigua de hacer el día del Corpus dos procesiones y el viernes siguiente otra porque la dicha cofradía y cofrades no pueden adquirir derecho de sacar en procesión el Santísimo Sacramento del altar contra él y su autoridad, nadie puede pretender ni adquirir derecho pues eso ha dependido de la voluntad de los curas sin que se haya comunicado ni pedido licencia al perlado y caso negado que algún derecho por costumbre hubieran adquirido que lo niego ya está derogado. Por derecho más nuevo que la constitución sinodal, la cual vino a reformar el abuso y poca reverencia que se tenían en semejantes procesiones, sacándose de la iglesia en otros días que no fuesen del Corpus y así se ha de estar al derecho más nuevo. Por tanto, a Vuestra Señoría pido y suplico mande hacer según de uso y justicia y costas y para ello etc. El Licenciado Bosque. Y se concluyó la causa y recibió y se presentó la bula que dicho cabildo tiene para hacer la dicha fiesta del Santísimo Sacramento y se hizo probanza por parte del dicho cabildo y concejo y de la publicación de ella y se dijo de bien probado y conclusa la causa en justicia y visto el proceso de ella por los del dicho nuestro Consejo, en tres días del mes de abril pasado de este presente año de la data de esta nuestra carta con sentencia del tenor siguiente:

En el pleito y causa que ante nos ha pendido y pende en grado de apelación por apelación del cabildo del Santísimo Sacramento de Valdemoro y el concejo de la dicha villa y el licenciado Gabriel Bosque, nuestro promotor fiscal que a esta causa por nuestro mandado salvo sobre lo contenido en el proceso de dicho pleito, el cual visto fallamos, asentolo nuevamente alegado y probado en esta causa que debemos de revocar y revocamos el mandamiento dado por el Doctor Cetina, nuestro vicario de nuestra audiencia arzobispal de Madrid en todo como en él se contiene y haciendo justicia damos licencia a los cofrades del Santísimo Sacramento y a la clerecía y ayuntamiento de la dicha villa que de aquí adelante han la fiesta y procesión en el día del Corpus Christi y en su octava en la forma y manera que hasta aquí la han hecho y por esta nuestra sentencia definitiva así lo pronunciamos y mandamos sin costas. El Doctor Diego Tello Maldonado. El Licenciado Ávila de Vera, Doctor Don Joan Bravo de Acuña. La cual dicha sentencia se notificó al procurador de dicho cabildo y concejo y al dicho licenciado Bosque, nuestro promotor fiscal y por ninguna de las partes se interpuso apelación, después de lo cual por parte del dicho cabildo y cofradía y concejo nos fue pedido y suplicado que atento que no se había apelado de la dicha sentencia por ninguna de las partes y el tiempo en que podían y debían apelar era pasado, mandásemos declarar la dicha sentencia por pasada en cosa juzgada, mandándole dar y librar ejecutoria en forma. Y visto el proceso de la dicha causa por los del dicho nuestro Consejo sobre el dicho artículo declararon la dicha sentencia por pasada en autoridad de cosa juzgada y mandaron dar la dicha ejecutoria. Por tanto, por la presente vos mandamos veáis la dicha sentencia de suso inserta y la guardéis y cumpláis en todo y por todo según y como en ella se contiene y contra su tenor y forma no vayáis ni paséis ni consintáis por manera alguna. Con apercibimiento que se procederá contra vos por todo rigor. Lo cual así mismo mandamos cumplan y guarden y hagan guardar y cumplir y ejecutar los demás, nuestros vicarios civiles y eclesiásticos de este nuestro arzobispado y no vayan contra ello por ninguna manera. Dada en Toledo a diez y ocho días del mes de mayo de mil y seiscientos y diez años.

El Doctor Diego Tello Maldonado

El Licenciado Ávila de Vera

Yo, Benito Martínez, notario público, lo mandé escribir por mandato de su Ilma.

Con acuerdo de los de su Consejo.

Ejecutoria de ciertas sentencias a pedimento del cabildo y cofradía del Santísimo Sacramento y concejo de la villa de Valdemoro".





Fuente: valdemoro.es

Bibliografía específica: "La celebración del Corpus Christi en el sur de la comunidad de Madrid: notas para su estudio" - Maria Jesús López Portero

Música: Tobias Hume - Excerpts from Poeticall Musicke (1607)